Consejo Consultivo Estatal de Turismo (CCET)

 

Antecedentes

El 26 de julio de 2011 fue publicada en el Diario Oficial del Estado la Ley para el Fomento y Desarrollo del Turismo en Yucatán en cuyos Artículos 24 y 25, Sección Primera, Capítulo VI, establece la creación del Consejo Consultivo Estatal de Turismo (CCET), con el propósito de auxiliar a la Secretaría de Fomento Turístico (SEFOTUR) en el cumplimiento de sus funciones mediante la consulta pública de temas relacionados con el turismo.

A partir del 4 de mayo de 2012, al publicarse el Reglamento de la Ley para el Fomento y Desarrollo del Turismo en Yucatán, la operación del Consejo Consultivo Estatal de Turismo quedó establecida en el Capítulo VII “Del Consejo Consultivo”, Sección Primera, a través de los Artículos 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45 y 46.

Objetivo

El Consejo Consultivo es un espacio de consulta pública que tiene como fin auxiliar a la Secretaría de Fomento Turístico en el cumplimiento de sus funciones.

Las opiniones y propuestas que recabe el Consejo Consultivo, deben vincularse con las directrices contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo y serán entregadas a la Secretaría para que, una vez consideradas por el titular del Poder Ejecutivo, se traduzcan en acciones concretas en materia de Turismo.

Asimismo, establece y mantiene estrechos vínculos de coordinación con los representantes de sectores y organizaciones de la sociedad y con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, para asegurar el avance de las actividades previstas en el programa de trabajo.

 


  

 

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